Colectivo Solidaridad con Julián
Conrado
Rebelión
Julián
Conrado es un perseguido político, enfermo, en retiro de una vida dura y
sacrificada, que pide asilo a Venezuela: por el DIH corresponde que Venezuela
proceda a otorgarle asilo, o en su defecto que sea remitido a un tercer país
neutral, pero nunca entregado al régimen persecutor (Colombia)
Julián
Conrado es un perseguido político, dado que NO ha cometido delito alguno en
Venezuela (el Fiscal no le hizo imputaciones especificando que NO había
cometido ningún delito en Venezuela), y que su lucha es política. Además Julián
Conrado está enfermo.
A esto se suma el hecho de que ya no era combatiente, por evidentes razones de su salud: es un cantor que seguía escribiendo canciones de denuncia del atroz régimen colombiano, y canciones por los pueblos, un hombre enfermo que buscó asilo en Venezuela: ese es Conrado. Por respeto por el DIH corresponde que le otorguen el Asilo político o le remitan a un tercer país neutral, pero jamás entregarlo al régimen colombiano para que lo muela vivo.
A esto se suma el hecho de que ya no era combatiente, por evidentes razones de su salud: es un cantor que seguía escribiendo canciones de denuncia del atroz régimen colombiano, y canciones por los pueblos, un hombre enfermo que buscó asilo en Venezuela: ese es Conrado. Por respeto por el DIH corresponde que le otorguen el Asilo político o le remitan a un tercer país neutral, pero jamás entregarlo al régimen colombiano para que lo muela vivo.
En Venezuela su caso ha sido censurado en los medios oficialistas, quienes callan el caso, manteniéndolo en un total ostracismo, salvo algunas publicaciones que hablan del Cantor pero que lamentablemente emiten mentiras y manipulación de la realidad: participando así de una campaña mediática que busca allanar el camino para otra entrega ilegal de un perseguido político al régimen colombiano (recordamos el caso del periodista Joaquín Pérez Becerra que fue entregado en total ilegalidad, una entrega ilegal que también fue urdida con la complicidad de los medios oficialistas.
Defensores de Julián, amenazados de muerte
La Hermana Eugenia Russian, quién ha asumido con FUNDALATIN la defensa de los derechos humanos del cantor Julián Conrado, y la defensa del respeto por el DIH, ha recibido amenazas de muerte vía telefónica y motorizados rondan su casa día y noche.
Los
defensores de Julián Conrado están recibiendo amenazas de muerte, así lo
denuncian:
"Sabemos
lo que suponen estas luchas, por lo que no debemos callar lo que está
sucediendo, como tanto nos ha enseñado la vida y Alí Primera. La Hermana
Eugenia Russián Solé, presidenta de FUNDALATIN, está recibiendo amenazas de
muerte, vía telefónica. Nos informó, preocupada pero con coraje, que además,
por las noches, motorizados y vehículos sin las luces encendidas, rondan el
local de FUNDALATIN en actitud de hostigamiento."(1)
Y precisan que estas amenazas se han notificado por escrito a las autoridades venezolanas sin obtener respuesta hasta el momento, lo que es altamente preocupante:
“Se
equivocan quienes pretenden vivir del miedo y el terror, (porque) como
la monja Russian, somos cientos de miles. Entendemos que ya notificó por
escrito, otra vez, al Ministro del Interior y Justicia, al Ministro de la
Defensa, a la Fiscal General de la República y al camarada Soto Rojas,
presidente de la Asamblea Nacional exigiendo una audiencia para, de viva voz exponerle
esto, y denunciando el asunto en estos términos:
"Mientras tanto, quienes hemos asumido la
responsabilidad de la defensa de los Derechos Humanos en esta causa, hemos sido
amedrentados, amenazados y perseguidos, sin que hasta el momento se haya obtenido
respuesta a nuestras comunicaciones, sin que usted haya intentado tener algún
intercambio con nosotros, sin que se haya intentado reparar las aviesas
actuaciones que ostensiblemente han ocurrido, sin sentir nosotros la protección
del Estado, nuestro Estado, y sin conocer la identidad de quienes hacen
llamadas telefónicas subrepticias o rondan por la casa que funge de recinto de
FUNDALATIN" .
Repetimos,
en cumplimiento de sus obligaciones y del deber, en derecho, están obligados a
responder.” (Ibíd.)
Por el
modus operandi cabe presumir que el DAS manda a sus narcoparamilitares a
amedrentar a la Hermana Eugenia Russian: claramente en estas amenazas se
expresa el accionar fascista del régimen colombiano cuya herramienta
paramilitar extiende su accionar a territorio venezolano contra ciudadanos
venezolanos, en total impunidad:
¿Seguirá
acatando los espurios pedidos ilegales de Santos el gobierno venezolano o
actuará con dignidad y respeto por el DIH y los derechos humanos del cantor
Conrado y protegerá a sus ciudadanos como la hermana Russian?
¿Va a
seguir sordo el gobierno venezolano ante estas agresiones del gobierno
colombiano contra nacionales venezolanos en suelo venezolano?
¿Hasta
dónde llega el colaboracionismo con Santos-EEUU?
Se pide
al gobierno venezolano que cese el colaboracionismo con Santos-EEUU: se pide
protección y Asilo para el cantor Julián Conrado, y protección para la hermana
Eugenia Russian y los dignos abogados, periodistas, cantores y cultores
solidarios que defienden la justa y necesaria causa de Conrado que es la causa
de los pueblos, que es la causa por la ética, contra las entregas de
perseguidos políticos.
Se pide
solidaridad de los medios alternativos y las personas solidarias: hay que
difundir la información sobre el caso Julián Conrado: es la única manera de
evitar la entrega de un ser humano a la tortura segura, un entrega en base
además a un expediente amañado.
La
solidaridad de la Coordinadora Que no Calle el Cantor, de Fundalatin y de los
hombres y mujeres solidarios es testimonio de dignidad, al contrario de las
patrañas y retorcijos del gobierno colombiano y ciertas autoridades venezolanas
que le han hecho el juego en esta violación a la legalidad y crueldad
manifiesta contra un hombre enfermo, entrado en años, que es perseguido con la
saña de un estado represivo que recurre a toda mentira necesaria para callar la
voz que lo denuncia. Esperamos que este asunto no se termine en lo peor :
alzamos la voz para que NO sea entregado el cantor a una tortura segura
¡Respeto por el DIH! ¡Respeto por los derechos humanos y la constitución
venezolana!
Tres puntos clave del caso Conrado:
1. El
DIH, el respeto por la Convención contra la Tortura, por la Convención de
Ginebra, y la propia constitución venezolana impiden que sea entregado el
cantor al régimen colombiano
Lo que
corresponde es respetar la Convención Contra la Tortura que impide entregar
a un perseguido a Colombia, un país en el que ya han fallecido 5 presos
políticos en 2011 por tortura y denegación de asistencia médica. El estado
colombiano es denunciado por la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y
por la Coalición Contra la Tortura (CCCT) como un estado torturador: el informe
de agosto 2011 de la CCCT señala que el estado colombiano es responsable de 91%
de las torturas que contiene el dramático informe.
Corresponde
también que el gobierno venezolano respete la Convención de Ginebra que
impide entregar a un combatiente, o perseguido político enfermo, y más
cuando este ha solicitado asilo; corresponde que Venezuela le otorgue el asilo,
y si no quiere hacerlo, que lo remita a un tercer país que sea efectivamente
neutral.
Hay otras
convenciones del DIH, y varios artículos de la propia constitución venezolana
que impiden esta entrega, claramente si Julián Conrado es entregado, será otra
ilegalidad más, aunque hayan tejido una apariencia de legalidad mediante los
medios oficialistas, para cubrirse en este caso un poco más que lo que hicieron
con el periodista Joaquín Pérez Becerra, que fue entregado en total ilegalidad.
Que no
sea entregado el cantor Julián Conrado a una tortura segura. Que no sea
sepultado el cantor en Colombia, o hasta peor, en EEUU: EEUU ofrecen a los caza
recompensas 2,5 millones de dólares para callar la voz de Conrado.
Pedimos a
todos los medios alternativos, a todo ser humano consciente, que ayuden a
informar del tema.
2:
Un expediente totalmente amañado
El
expediente judicial es impresionante de irregularidades e ilegalidades, y contradice en todo
punto las mentiras mediáticas que aducen que existe un "trámite de
extradición" (lo cual es absolutamente falso). Entre las ilegalidades e
irregularidades del expediente encontramos:
Un acta
de detención fechada mágicamente a posteriori del anuncio de detención (las
actas de detención aducen que Julián fue detenido el 5 y 6 de junio, el anuncio
oficial de la detención fue emitido el 1 de junio, Julián Conrado fue detenido
el 31 de mayo).
No hay
ningún trámite de legal de extradición en curso, no hay requerimiento legal por
parte de Colombia; sólo hay una solicitud de interpol por delitos menores y de
opcional cumplimiento, y además para hechos que habría cometido Conrado cuando
era imposible que los cometiera.
Los
únicos hechos que le son imputados a Conrado son un evidente “falso positivo”
del Estado colombiano: pues en las fechas de los aducidos hechos, Conrado
estaba en el Caguán ante miles de cámaras y testigos nacionales e
internacionales en el proceso de negociaciones con el presidente Pastrana, a
más de 1000
kilómetros de distancia del sitio referido por las
falsas acusaciones del gobierno colombiano (a menos que Conrado disponga de un
aparato de teletransportación, es imposible).
Por otro
lado ya se ha pasado el plazo de 60 días para tramitar un pedido de extradición
legalmente, y el gobierno colombiano ni lo ha tramitado legalmente, ni mucho
menos presentado los debidos recaudos. Julián debería estar libre si se
respetara la legalidad.
3. Dentro
de las ilegalidades e irregularidades manifiestas del expediente AMAÑADO contra
Julián: Las autoridades colombianas ni siquiera hicieron una solicitud en
debida legalidad para su extradición: ¿Las autoridades colombianas están acaso
intentando por lo ilegal lo que saben que sería desmontado en un proceso legal?
Se constata que NO hay pedido de extradición alguno, debidamente legalizado, por parte del gobierno de Colombia, que repose en el expediente.
Se constata que NO hay pedido de extradición alguno, debidamente legalizado, por parte del gobierno de Colombia, que repose en el expediente.
¿Por qué
las autoridades colombianas no hicieron el pedido de extradición de forma
legal?
¿No les
convenía acaso hacer el pedido de extradición con toda la legalidad?
Tan
amañado es el caso que las autoridades colombianas ni siquiera se tomaron el
trabajo de hacer una solicitud LEGAL ... y la única respuesta a semejante
omisión es que tal vez no lo hicieron legalmente por saber que ante un
proceso LEGAL no tenían oportunidad de obtener al cantor .
Están con
muy escuetos argumentos. No tienen nada de peso los argumentos del gobierno
colombiano: una cosa son los delitos que le inventan a Julián por la prensa
en un juicio mediático, y otra muy diferente las raquíticas y falseadas
acusaciones que hay en el expediente.
La
legalidad, el DIH, la Convención Contra la Tortura, la Convención de Ginebra,
impiden que le sea entregado el cantor al régimen colombiano; la misma
constitución venezolana también lo impide, entonces las autoridades
colombianas lo intentaron por la vía ILEGAL; con la ayuda de ciertas
autoridades venezolanas que se prestaron para la patraña. Ahora la siguiente
pregunta es:
¿Seguirá
Venezuela urdiendo ese montaje macabro junto con el gobierno colombiano, o por
fin respetará la legalidad, el DIH y los derechos humanos del cantor?
La
balanza debería inclinarse por el respeto al humanismo, a la legalidad, al DIH,
eso se espera.
Esto es
ilustrativo del grado AMAÑADO del expediente, lo escribe Arturo Ramos de la
Coordinadora que No Calle el Cantor, cuyos abogados junto con los abogados de
FUNDALATIN, asumen la defensa de Julián Conrado (Guillermo Torres Cuéter), y
han conocido el expediente, revelando las aberraciones e inexactitudes más
flagrantes, esta es una de ellas:
"¡Agárrense
de la silla!: NO HAY NINGÚN TRÁMITE DE EXTRADICIÓN , como afirmó el
Ministro Tarek Al Aissami, en tanto NO HAN PRESENTADO LAS AUTORIDADES DEL
PAÍS VECINO NINGUNA SOLICITUD DIPLOMÁTICA A PROPÓSITO, como pauta la Ley
Aprobatoria de 1998 del Tratado de Extradición de 1985 con Colombia, (...)
cual Estado requirente y como exige el Artículo 4 de la misma Ley. Las
circulares rojas de Interpol solo suponen una detención preventiva y, esto, solo
en casos de que los países donde pudiera activarse, de manera soberana, le
otorguen tal valor . Una circular roja de Interpol implica ,
repetimos, tan solo una detención preventiva y por un lapso taxativamente
definido , en el cual el país requirente (supuestamente Colombia) debe
presentar recaudos firmes para que el país requerido (supuestamente Venezuela)
proceda en un máximo de 60 días (y no los días que lleva ya el detenido), en
sus instancias jurisdiccionales y según las leyes y tratados internacionales
propios(as) suscritos(as)"
ENLACES
RECOMENDADOS:
Para
ampliar información sobre el expediente amañado, sobre las demás ilegalidades
del expediente, consultar estos textos:
Conozca
al Cantor Julián Conrado, objeto de tan cruel persecución que incluye
expedientes amañados y procederes sombríos: en este vídeo habla y canta, cuenta
la persecución política sufrida por la oposición en Colombia, la historia de su
pueblo, la realidad que lo ha llevado al compromiso social:http://www.dailymotion.com/video/xjfbwi_julian-conrado-habla-y-canta_news
Y VIDEO
solidario:
Organizaciones
sociales reivindican libertad y asilo político del cantautor Julián Conrado: http://www.albatv.org/Organizaciones-sociales.html
NOTAS:
(1)
"Sabemos lo que suponen estas luchas, por lo que no debemos callar lo que
está sucediendo, como tanto nos ha enseñado la vida y Alí Primera. La Hermana
Eugenia Russián Solé, presidenta de FUNDALATIN, está recibiendo amenazas de
muerte, vía telefónica. Nos informó, preocupada pero con coraje, que además,
por las noches, motorizados y vehículos sin las luces encendidas, rondan el
local de FUNDALATIN en actitud de hostigamiento."(1)
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