9 ago. 2011

Carta a la Asamblea Nacional por la Extensión Post-Natal

Oscar Figuera
Presidente de la Comisión de Desarrollo Social y demás Diputados y Diputadas de la Asamblea NacionalEstimados Diputados y Diputadas:

Nos dirigimos a ustedes, en el marco de la discusión que ésta Asamblea viene desarrollando de la Ley Orgánica del Trabajo, elevando nuestros planteamientos en torno a aspectos laborales y su articulación con el derecho a la vida, la salud y la maternidad/paternidad.

Somos madres, padres y organizaciones que hemos venido trabajando en la promoción y protección de la Lactancia Materna como estrategía de promoción de salud, calidad de vida y sobre todo de crianza con amor y respeto a las necesidades de nuestros niños y niñas y a su interés superior.

Considerando, que la Lactancia Materna es el primer acto de Soberanía Alimentaría, capaz de garantizar la salud y la vida de nuestras niñas y niños y la independencia y empoderamiento de las mujeres.

Considerando, que Las familias que alimentan a sus hijos con leche materna tienen garantizada la seguridad alimentaría de sus pequeños. La leche materna proporciona el 100% de los requerimientos nutricionales e hídricos hasta los 6 meses de vida o más. Durante el segundo año de vida sigue aportando hasta un tercio de los requerimientos nutricionales.

Considerando, que recomendaciones nacionales e internacionales establecem que La lactancia materna debe ser el alimento EXCLUSIVO durante los primeros 6 meses de vida y con alimentación complementaria durante al menos 2 años.

Considerando, que la lactancia materna exclusiva reduce en incidencia y gravedad de las enfermedades más frecuentes durante el primer año de vida. Estudios demuestran que los bebés que no reciben lactancia materna exclusiva tienen entre 7 y 20 veces más riesgo de diarreas y 2 veces más riesgo de contraer infecciones respiratorias, además de ser estas infecciones más severas.

Considerando, que en Venezuela, en el año 2006, murieron por enfermedades infecciosas intestinales 718 niños y niñas entre 0 y 2 años de edad y por enfermedades respiratorias 604 niños y niñas entre 0 y 2 años de edad. Ambas enfermedades guardan estrecha relación con los índices de amamantamiento.

Considerando, que Según cifras de la UNICEF todos los años mueren en el mundo 1.500.000 niños y niñas por falta de amamantamiento.

Considerando, que de acuerdo a lo establecido en nuestro ordenamiento jurídico, la madre trabajadora venezolana debe retornar al trabajo cuando su bebé tiene escasamente 3 meses de nacido.

Considerando, que según estudio realizado por el Instituto Nacional de Nutrición el regreso al trabajo figura entre las causas más importantes de abandono temprano de la lactancia materna.

Considerando, que la mujer es la fuerza laboral que más crece en Venezuela y que el 67% de la población femenina activa ocupada tiene edades comprendida entre los 15 y 45 años.

Considerando, que contamos con un ordenamiento jurídico que antepone al ser humano y especialmente el interés superior de los niños y niñas: Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, Convención Internacional los sobre los Derechos del Niño, Ley de Promoción y Protección de la Lactancia Materna.

Considerando, que la construcción de una nueva sociedad pasa necesariamente por criar niños y niñas sanas y FELICES,

Le hacemos llegar este documento y un DVD que contiene videos que abordan aspectos específicos del impacto de la lactancia materna en la soberanía alimentaria, salud pública, economía familiar y patrones de consumo.

Solicitamos se incorpore en la Reforma de la Ley Orgánica del Trabajo la extensión del período postnatal remunerado a al menos 6 meses para garantizar la lactancia exclusiva de las niñas y niños, así como condiciones laborales que protejan la maternidad y la continuidad de la lactancia materna.

Seguras/os de su compromiso con la vida y la construcción de un mundo mejor 

Atentamente,

CAMPAÑA POR LA EXTENSIÓN DEL POSTNATAL

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